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Hace ya mucho tiempo no les informo acerca del boletín de visas de inmigración que se refiere a las fechas en que se están procesando visas para los familiares que no pertenecen a la categoría de visas inmediatas (esposos, padres o hijos menores de 21 años no casados, de ciudadanos estadounidenses).

Las demás categorías de hermanos de ciudadanos o esposos e hijos de residentes permanentes deben esperar a que su fecha prioridad en que fue presentada su solicitud de residencia en la Oficina de Inmigración, se ponga vigente según la tabla que se encuentra abajo.

Las categorías son las siguientes:

Primera F1: Hijos mayores de 21 años no casados de ciudadanos norteamericanos,

Segunda F2A: Esposos (as) e hijos menores de 21 años no casados de residentes

Permanents.

Segunda F2B: Hijos o hijas mayores de 21 años no casados de residentes permanentes.

Tercera F3:  Hijos casados de ciudadanos norteamericanos.

Cuarta F4:  Hermanos de ciudadanos norteamericanos.

 

Fechas en que las personas pueden procesar su residencia final:

 

  Categoría                                 México                                                            Otros países

 

  Primera F1               15 de enero de 1999                          01 de diciembre del 2014

  Segunda F2A                        Actual                                                      Actual

  Segunda F2B                        15 de marzo del 2000                       22 de septiembre del 2015

  Tercera F3                15 de mayo de 1997                           22 de noviembre del 2008

  Cuarta F4                  08 de febrero de 1999                      22 de marzo del 2007

La mayoría de los países tienen la misma fecha de prioridad vigente con excepción de México, que a diferencia de la mayoría de los países está más atrasado.

La buena noticia es que tanto para México como para los demás países se encuentra actualmente vigente la categoría 2A (esposos e hijos menores de 21 años no casados de residentes permanentes) que es la más grande y había estado varios años atrasada, ahora está vigente para finalizar los casos.

En otras palabras, las personas que aplican como esposos o hijos menores de edad no casados de residentes permanentes no tienen que esperar mucho tiempo; pero las categorías de hermanos de ciudadanos e hijos mayores de edad de residentes permanentes, especialmente para México, todavía están bastante atrasadas.

EL PROGRAMA DE PRIORIDADES DE BIDEN SE ENCUENTRA VIGENTE POR LO MENOS TEMPORALMENTE

Recientemente, la corte aceptó un amparo para restablecer el programa de prioridades para la detención y deportación de inmigrantes aprobado por Biden, por lo menos mientras la Corte revisa el caso y toma una decisión final de la apelación.

Este programa autorizado a través de los memorandum de enero y febrero limita la detención y deportación solo a personas que han cometido delitos graves (felonias), a las involucradas en terrorismo o crimen organizado y a las que ingresaron recientemente al país después de noviembre del año pasado.

Un juez en Texas suspendió la vigencia de estas prioridades, pero recientemente otros jueces dejaron sin efecto esta suspension; o sea, que por lo menos en las próximas semanas, mientras toman una decisión final a la apelación presentada en contra de estas prioridades, las personas que no se encuentran dentro de las prioridades de detención y deportación se encuentran protegidas y ICE no puede deportarlas.

Se que parece un poco complicado de entender, pero si tiene dudas puede consultar con su abogado o con nuestra oficina, que con gusto le explicaremos sobre su caso en particular.

 

Richard Kessler, es un Abogado con 40 años

de experiencia, especialmente en el área de Inmigración.

Si necesita una consulta por favor llame al (616) 235-4577 local

1(800) 235-4522 larga distancia o visite nuestra página en

Internet www.lawkessler.com

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


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